Embargos de bienes raíces a deudores del CAE iniciados por Tesorería
La Tesorería ha comenzado a embargar propiedades en Antofagasta, La Araucanía y Los Lagos, con planes de extender la medida a nivel nacional.
La Tesorería General de la República (TGR) ha iniciado la ejecución de embargos sobre bienes raíces pertenecientes a personas con deudas asociadas al Crédito con Aval del Estado (CAE) que no han regularizado su situación tras los procesos de notificación y cobro realizados por la institución.
Esta medida ya se ha implementado en las regiones de Antofagasta, La Araucanía y Los Lagos, y se extenderá al resto del país en los próximos días.
Este plan forma parte de las acciones de recuperación de recursos fiscales que la TGR está llevando a cabo en relación con los deudores morosos del CAE, utilizando las herramientas contempladas en la legislación vigente.
Los embargos sobre bienes raíces se suman a otras medidas de cobro aplicadas por la institución, como la retención de activos financieros sujetos a procedimientos de cobranza.
Desde la TGR se ha recordado que el embargo es una medida destinada a garantizar el cumplimiento de una obligación pendiente y que, si la deuda no se regulariza, el procedimiento puede llegar hasta el remate judicial del inmueble embargado, según lo establecido en la normativa legal vigente.
La institución reitera el llamado a las personas con obligaciones pendientes relacionadas con el CAE para que se informen sobre su situación y utilicen los mecanismos de regularización disponibles en su sitio web, tgr.cl/cae.
En medio del proceso legislativo del proyecto de Reconstrucción Nacional, también conocido como megarreforma, que se está analizando en el Congreso, el Ejecutivo ha presentado una indicación que podría beneficiar a miles de deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), autorizando a la Tesorería General de la República a condonar parte de la deuda bajo ciertas condiciones.
En esta indicación se incluye el artículo 34, que otorga facultades a la Tesorería para "dar facilidades de pago respecto a los créditos destinados al financiamiento de estudios de educación superior otorgados bajo la ley N° 20.027″.
De acuerdo con esta indicación, la Tesorería podrá establecer convenios especiales después de que el deudor realice un pago inicial. Se determinarán "los tipos de convenios, sus características, plazos, montos mínimos de pie y número máximo de cuotas mensuales sucesivas", además se menciona que la deuda pasará a estar expresada en pesos sin reajustes ni intereses.
La posibilidad de condonación surgirá al finalizar el plazo del convenio de pago. En este sentido, desde el Ejecutivo se ha señalado que "si quedare un remanente de deuda, la Tesorería General estará facultada para extinguirlo total o parcialmente".
Para extinguir la deuda se han establecido las siguientes condiciones:
Además, como requisito adicional se menciona que "el deudor deberá haber pagado al menos el número mínimo de cuotas que determine el Tesorero General".
Fuente: Publimetro
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