Ley Papito Corazón: ¿Qué hacer si no te pagan?
La Ley Papito Corazón establece mecanismos para buscar y retener fondos en cuentas bancarias, instrumentos financieros o fondos previsionales si el deudor no paga voluntariamente.
el sábado pasado a las 18:47
En el marco del 8M, uno de los avances más concretos en autonomía económica y corresponsabilidad es la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, conocida como “Ley Papito Corazón”.
A noviembre de 2025, los tribunales de familia han ordenado pagar más de $2,9 billones, beneficiando a más de 312 mil familias en todo Chile. Actualmente existen cerca de 270 mil personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
La normativa permite que, si el deudor no paga voluntariamente, el tribunal active mecanismos para buscar y retener fondos en cuentas bancarias, instrumentos financieros o fondos previsionales. Los montos retenidos se transfieren directamente a favor de hijos e hijas.
La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, ha señalado: “la pensión de alimentos no es un favor, es un derecho de niños, niñas y adolescentes. Hoy existen herramientas reales para que se pague”.
Elizabeth, vecina de Maipú, crió sola a sus dos hijos después de que el padre del mayor dejara de pagar pensión cuando el niño tenía cuatro años. Hoy él tiene 20 y la deuda acumulada alcanzaba cerca de 15 millones de pesos. Con la Ley de Pago Efectivo, en seis meses no solo se notificó al deudor, sino que se congelaron sus cuentas y se recuperó el dinero. En medio de ese proceso, Elizabeth enfrentó un ACV y debió reaprender a hablar. Hoy, con su habla recuperada y la deuda pagada, su historia muestra que la ley sí puede cambiar los tiempos de la justicia.
Desde la entrada en vigencia de la ley, la curva de cumplimiento ha aumentado: hoy 7 de cada 10 deudores regulariza su situación o acuerda un mecanismo de pago.
1) Verifica que exista una causa vigente en tribunal de familia (o inicia la causa si corresponde).
2) Solicita al tribunal la activación del mecanismo de pago efectivo.
3) El tribunal puede ordenar la búsqueda y retención de fondos del deudor (cuentas, inversiones y/o fondos previsionales).
4) El pago se deposita directamente en la cuenta registrada a favor de hijos e hijas.
5) Revisa el estado del proceso por canales del Poder Judicial o con tu patrocinio/representación.
Si estás en el Registro por no pagar pensión de alimentos, puedes enfrentar medidas como:
Para regularizar: paga la deuda o gestiona un acuerdo/plan de pago ante el tribunal. La regularización se acredita en el proceso judicial.
Importante: la finalidad es asegurar el derecho de niños, niñas y adolescentes; ponerse al día permite normalizar la situación.
Fuente: Publimetro
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