Absuelto carabinero acusado de apremios ilegítimos en Valparaíso
El Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar absuelve al policía acusado, ya que pruebas del INDH no lo identifican como autor del disparo que causó heridas a la víctima.
El Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar ha absuelto al capitán de Carabineros, Marcial Barrera Pino, de los delitos de apremios ilegítimos que le atribuyó el INDH cometidos en el contexto del estallido social, el 5 de noviembre de 2019 en esa ciudad.
La sentencia dictaminó que no se pudo demostrar, con pruebas suficientes, la participación del oficial en los incidentes investigados. Además, se destacó que no hubo un reconocimiento directo por parte del acusado y que la evidencia circunstancial presentada por la fiscalía no fue concluyente para establecer su culpabilidad.
En su fallo, el tribunal fue enfático al afirmar que al no contar con pruebas contundentes sobre la implicación real del acusado en los hechos juzgados, "solo puede absolver al acusado". Uno de los puntos clave de la sentencia fue la falta de reconocimiento directo del acusado.
El veredicto señala que Marcial Barrera Pino no fue identificado por la víctima ni por ningún testigo presencial, ni durante el juicio ni en la etapa de investigación. Incluso se menciona que en una rueda de reconocimiento fotográfico, la víctima identificó a una persona diferente que no estaba involucrada en este caso.
Basándose en esto, el tribunal concluyó que la identificación del acusado no fue inmediata, sino inferida por el oficial investigador a partir de diligencias consideradas insuficientes para confirmar su autoría. La sentencia destaca que esto "crea una incertidumbre" sobre quién fue realmente el responsable y persiste una duda razonable sobre si el agresor podría haber sido otra persona.
Además, el fallo descartó que las pruebas presentadas fueran suficientes para demostrar que el acusado, o el vehículo policial Z7419 en el que se desplazaba, ingresaron a la Plaza Vergara, donde ocurrió el incidente investigado. Según la resolución, la evidencia presentada por la parte acusadora no fue adecuada para demostrar ese punto.
En relación a los audios radiales, se analizó detenidamente la comunicación en la que el acusado menciona estar "procediendo al interior de la plaza". La sentencia indica que esta información era "absolutamente imprecisa", ya que en esa zona existen tres plazas - Vergara, Latorre y Sucre- y asumir automáticamente que se refería a Plaza Vergara sería "arbitrario y carecería de fundamento".
Por otro lado, se consideró plausible la hipótesis presentada por la defensa de que el acusado podría estar refiriéndose a Plaza Sucre. La resolución también destaca que no se realizaron todas las diligencias necesarias para descartar con certeza la participación de otros individuos relevantes o de otros oficiales policiales presentes en Viña del Mar ese día.
Marcial Barrera expresó su gratitud hacia la Defensoría Penal Pública de Valparaíso y hacia su defensora Pía Quijada. Destacó su empatía, profesionalismo y dedicación durante todo el proceso judicial. Por su parte, Quijada afirmó que el resultado exitoso en el juicio no fue coincidencia y fue producto de casi tres años de investigación coordinada y trabajo técnico exhaustivo.
"Durante el juicio oral, se presentaron declaraciones de testigos clave y exposiciones periciales criminalísticas, los cuales resultaron determinantes para establecer la inocencia de mi representado", concluyó la defensora penal pública.
Fuente: Publimetro
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