La Corte Suprema ha confirmado el pago de una significativa indemnización de $70 millones de pesos que debe abonar un hombre a su exesposa, luego de contagiarla con una enfermedad de transmisión sexual (ETS) al serle infiel en Frutillar, Región de Los Lagos. Esta decisión respalda lo resuelto por la Corte de Apelaciones en octubre de 2024. PUBLICIDAD El recurso de casación presentado por el demandado para evitar el pago a su expareja, a quien infectó con gonorrea tras su infidelidad, fue rechazado tanto en forma como en fondo. Este acto causó un profundo daño emocional en la víctima, quien también denunció al hombre por maltrato psicológico. La sentencia detalló que la mujer fue “sometida a humillantes tratamientos ginecológicos, farmacológicos, y actualmente a psiquiátricos y psicológicos ante el grave daño físico y emocional que se le ha proferido”, según lo informado por Biobío. Esta enfermedad resultó en una ”lesión física en su cuerpo al haberla contagiado de gonorrea. Además, la afectada acusó a su expareja de violencia psicológica, ya que él le exigía dinero y la hacía sentir que “debía proveerle dinero para todas sus necesidades, pues para eso se había casado con ella”. También reportó “situaciones sexuales incómodas y humillantes”. En su denuncia, la demandante mencionó que su exmarido dañó su autoestima al afirmar que hacía todo mal y que no servía como mujer ni como profesional. La Corte Suprema determinó que el demandado actuó con culpa al no cumplir con el cuidado debido hacia su pareja, al tener relaciones extramatrimoniales sin protección, lo que resultó en la transmisión de una ETS. Como consecuencia, ella solicitó el divorcio. El tribunal máximo afirmó que la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones aplicó correctamente la normativa. Esto confirma la indemnización de $70 millones de pesos para la afectada, quien inicialmente solicitaba $201 millones de pesos. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ha tomado la decisión de destituir a la ministra Verónica Sabaj Escudero de sus funciones en la Corte de Apelaciones de Santiago, tras confirmar que su comportamiento en el ejercicio de sus labores no fue adecuado. Esta determinación se produce luego de que salieran a la luz una serie de polémicos chats entre la magistrada y el abogado Luis Hermosilla, imputado en el Caso Audios. La vocera del máximo tribunal, María Soledad Melo, fue la encargada de comunicar el veredicto del pleno, donde se acordó la remoción de la magistrada Sabaj Escudero. Según el texto que fundamenta esta decisión, se menciona que el asunto sometido a conocimiento de esta Corte consiste en revisar la concurrencia del presupuesto fáctico del artículo 80 de la Constitución Política de la República, es decir, la existencia de un mal comportamiento. En este sentido, se destaca que la inamovilidad de los jueces tiene como objetivo proteger la independencia interna y externa de la magistratura, pero esta prerrogativa no es absoluta. El artículo mencionado permite que la Corte Suprema declare que un juez no ha tenido un buen comportamiento y proceda a su remoción en casos específicos previstos por la Constitución y las leyes. Respecto al proceso de remoción de la ministra Verónica Sabaj, se señala que este se inició el 22 de enero y culminó con una sentencia emitida por la Corte Suprema el 26 de agosto, confirmando una suspensión disciplinaria de cuatro meses impuesta anteriormente. Finalmente, se concluye que la ministra Verónica Cecilia Sabaj Escudero ha incurrido en un comportamiento que afecta los principios fundamentales que rigen a los miembros de la magistratura. Por lo tanto, se acuerda su remoción como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago. Se destaca que el ministro Silva Cancino fue el único que no estuvo a favor de esta decisión, según explicó la vocera. Fuente: Publimetro
El abogado que representa a Raffaella di Girolamo, Juan Pablo Hermosilla, ha confirmado que presentarán un recurso de queja ante la Corte Suprema. Esto surge luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago declarara prescrita la causa contra el actor Cristián Campos, a quien Di Girolamo acusa de abuso sexual. Según Hermosilla, lo que vamos a presentar es un recurso de queja en contra de la resolución, que es muy importante porque vuelve las cosas como eran hace 20 años. Es importante que esto llegue ante la Corte Suprema para que la sala penal pueda resolver este tema de una vez por todas y todos sepamos a qué atenernos, porque hoy día hay dos interpretaciones. El abogado añadió: aquí hubo una interpretación que fue al estilo antiguo, tradicional, de que si está prescrito no se puede determinar responsabilidades, no hay que investigar, no puede haber juicio ni nada, versus la tesis que fijó la propia Corte Suprema en el año 2011, con motivo del caso del sacerdote Fernando Karadima, que dijo lo contrario, entonces ahí tenemos que pedirle a la Corte que clarifique. Esto sucede después de que el pasado 21 de agosto, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmara la prescripción de la causa en contra del actor Cristián Campos, añadiendo que no se podía probar su participación en los delitos de abuso sexual. En su fallo, el tribunal de alzada indicó que no es posible jurídicamente determinar la culpabilidad respecto de quien no ha tenido un proceso previo legalmente tramitado. Por consiguiente, el abogado de Raffaella di Girolamo ha señalado que apuntarán a la Corte Suprema, ente encargado de pronunciarse sobre el caso. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ha confirmado el pago de una significativa indemnización de $70 millones de pesos que debe abonar un hombre a su exesposa, luego de contagiarla con una enfermedad de transmisión sexual (ETS) al serle infiel en Frutillar, Región de Los Lagos. Esta decisión respalda lo resuelto por la Corte de Apelaciones en octubre de 2024. PUBLICIDAD El recurso de casación presentado por el demandado para evitar el pago a su expareja, a quien infectó con gonorrea tras su infidelidad, fue rechazado tanto en forma como en fondo. Este acto causó un profundo daño emocional en la víctima, quien también denunció al hombre por maltrato psicológico. La sentencia detalló que la mujer fue “sometida a humillantes tratamientos ginecológicos, farmacológicos, y actualmente a psiquiátricos y psicológicos ante el grave daño físico y emocional que se le ha proferido”, según lo informado por Biobío. Esta enfermedad resultó en una ”lesión física en su cuerpo al haberla contagiado de gonorrea. Además, la afectada acusó a su expareja de violencia psicológica, ya que él le exigía dinero y la hacía sentir que “debía proveerle dinero para todas sus necesidades, pues para eso se había casado con ella”. También reportó “situaciones sexuales incómodas y humillantes”. En su denuncia, la demandante mencionó que su exmarido dañó su autoestima al afirmar que hacía todo mal y que no servía como mujer ni como profesional. La Corte Suprema determinó que el demandado actuó con culpa al no cumplir con el cuidado debido hacia su pareja, al tener relaciones extramatrimoniales sin protección, lo que resultó en la transmisión de una ETS. Como consecuencia, ella solicitó el divorcio. El tribunal máximo afirmó que la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones aplicó correctamente la normativa. Esto confirma la indemnización de $70 millones de pesos para la afectada, quien inicialmente solicitaba $201 millones de pesos. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ha tomado la decisión de destituir a la ministra Verónica Sabaj Escudero de sus funciones en la Corte de Apelaciones de Santiago, tras confirmar que su comportamiento en el ejercicio de sus labores no fue adecuado. Esta determinación se produce luego de que salieran a la luz una serie de polémicos chats entre la magistrada y el abogado Luis Hermosilla, imputado en el Caso Audios. La vocera del máximo tribunal, María Soledad Melo, fue la encargada de comunicar el veredicto del pleno, donde se acordó la remoción de la magistrada Sabaj Escudero. Según el texto que fundamenta esta decisión, se menciona que el asunto sometido a conocimiento de esta Corte consiste en revisar la concurrencia del presupuesto fáctico del artículo 80 de la Constitución Política de la República, es decir, la existencia de un mal comportamiento. En este sentido, se destaca que la inamovilidad de los jueces tiene como objetivo proteger la independencia interna y externa de la magistratura, pero esta prerrogativa no es absoluta. El artículo mencionado permite que la Corte Suprema declare que un juez no ha tenido un buen comportamiento y proceda a su remoción en casos específicos previstos por la Constitución y las leyes. Respecto al proceso de remoción de la ministra Verónica Sabaj, se señala que este se inició el 22 de enero y culminó con una sentencia emitida por la Corte Suprema el 26 de agosto, confirmando una suspensión disciplinaria de cuatro meses impuesta anteriormente. Finalmente, se concluye que la ministra Verónica Cecilia Sabaj Escudero ha incurrido en un comportamiento que afecta los principios fundamentales que rigen a los miembros de la magistratura. Por lo tanto, se acuerda su remoción como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago. Se destaca que el ministro Silva Cancino fue el único que no estuvo a favor de esta decisión, según explicó la vocera. Fuente: Publimetro
El abogado que representa a Raffaella di Girolamo, Juan Pablo Hermosilla, ha confirmado que presentarán un recurso de queja ante la Corte Suprema. Esto surge luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago declarara prescrita la causa contra el actor Cristián Campos, a quien Di Girolamo acusa de abuso sexual. Según Hermosilla, lo que vamos a presentar es un recurso de queja en contra de la resolución, que es muy importante porque vuelve las cosas como eran hace 20 años. Es importante que esto llegue ante la Corte Suprema para que la sala penal pueda resolver este tema de una vez por todas y todos sepamos a qué atenernos, porque hoy día hay dos interpretaciones. El abogado añadió: aquí hubo una interpretación que fue al estilo antiguo, tradicional, de que si está prescrito no se puede determinar responsabilidades, no hay que investigar, no puede haber juicio ni nada, versus la tesis que fijó la propia Corte Suprema en el año 2011, con motivo del caso del sacerdote Fernando Karadima, que dijo lo contrario, entonces ahí tenemos que pedirle a la Corte que clarifique. Esto sucede después de que el pasado 21 de agosto, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmara la prescripción de la causa en contra del actor Cristián Campos, añadiendo que no se podía probar su participación en los delitos de abuso sexual. En su fallo, el tribunal de alzada indicó que no es posible jurídicamente determinar la culpabilidad respecto de quien no ha tenido un proceso previo legalmente tramitado. Por consiguiente, el abogado de Raffaella di Girolamo ha señalado que apuntarán a la Corte Suprema, ente encargado de pronunciarse sobre el caso. Fuente: Publimetro